Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314073
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 168
RESPONSABILIDAD CRIMINAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 168
Cuando del proceso aparece que una persona carece de conocimientos sobre cuestiones de derecho, e incurre, en virtud de ese desconocimiento, en hechos que tengan el carácter de delictuosos, no puede tenerse por comprobada la responsabilidad, máxime si esa misma persona, al tener conocimiento posterior de los perjuicios que se han ocasionado a un tercero, se allana a evitarlos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4000/29. Calderón Guadalupe. 13 de mayo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.