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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 346
PENA CAPITAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 346
La Suprema Corte ha sostenido la jurisprudencia de que tratándose del delito de homicidio, no es necesaria la concurrencia de las tres calificativas, sino que basta una sola de ellas, para imponer la pena capital, conforme al texto auténtico del artículo 22 de la Constitución, que es el que debe aplicarse, sin tener en cuenta cualquier error que haya habido en la publicación de la misma.
Precedentes
Amparo penal directo 1199/30. Fuentes Francisco. 22 de mayo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.