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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 634
PROCEDIMIENTO PENAL, INCOACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 634
La Suprema Corte ha sentado la tesis de que la simple incoación del procedimiento criminal, mientras no exista acto concreto alguno que perjudique al alguien, no puede constituir agravio, y, lógicamente, menos puede causarlo la resolución que ordena transcribir al Ministerio Público un escrito de denuncia, puesto que dichas resoluciones nada prejuzgan sobre la responsabilidad del interesado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 89/30. Rojas Laurent Joaquín. 2 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.