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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 823
SERVICIOS PUBLICOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 823
Contra la imposición de nuevas tarifas para el cobro de servicios públicos, que suministren las empresas privadas, procede conceder la suspensión sin requisito alguno, puesto que con ella no se causa daño o perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero, dado que los servicios seguirán prestándose en las condiciones existentes en el momento de instaurarse el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1464/26. 9 de junio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.