Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314135
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1211
EXTRADICION, LIBERTAD CAUCIONAL EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1211
La garantía de la libertad que consigna el artículo 20 constitucional, en su fracción I, se refiere a las garantías que en todo juicio del orden criminal, seguido en la República, tendrá el acusado, y, por tanto, no es aplicable en caso de extradición, puesto que no se sigue al sujeto cuya extradición se pide, proceso alguno del orden criminal, dentro del territorio nacional, ya que el procedimiento de extradición no tiene ese carácter.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 74/31. Secretario de Relaciones Exteriores. 13 de julio de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.