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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1265
REMATES ADMINISTRATIVOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1265
Aun cuando conforme a la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación, los remates de inmuebles que se efectúen conforme a la misma ley, están sujetos a la aprobación de la Secretaría de Hacienda, como esta Secretaría puede confirmarlos y, en tal virtud, se pueden seguir a los interesados, daños de difícil reparación, procede conceder la suspensión contra aquéllos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3466/30. Payró Mercedes L de. 14 de julio de 1931. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos Salcedo. Disidente: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.