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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1990
LEY DE RELACIONES FAMILIARES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1990
Es inexacto que el artículo relativo de la Ley de Relaciones Familiares, que castiga con pena corporal el abandono del hogar, establezca una prisión por deudas, porque manda que no se haga efectiva la prisión, cuando el cónyuge culpable pague las cantidades que hubiere dejado de ministrar y caucione las mensualidades que en lo sucesivo debe cubrir, puesto que solamente estatuye un medio de extinguir la acción penal respecto a ese hecho delictuoso, y la pena misma.
Precedentes
Amparo penal en revisión 363/30. Salinas A. Alvaro. 21 de agosto de 1931. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.