Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314203
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 149
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 149
Cuando se trata de una orden de aprehensión, toca a la autoridad responsable la prueba de la legalidad del acto, sin que sea necesario que el quejoso pruebe su inocencia, porque esto equivaldría a obligarlo a probar que no es culpable, hecho que escapa a la posibilidad de la prueba.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3882/27. Quesada Roberto. 9 de enero de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.