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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314220
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 342
PRUEBA PRESUNTIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 342
La Corte no puede sustituir su propio criterio al del Juez común, para estimar el valor jurídico de las presunciones, y debe limitarse a estudiar si fueron observadas, o no, las reglas fundamentales de esa clase de prueba.
Precedentes
Amparo penal directo 3178/29. Juárez Dionisio. 20 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Francisco Barba.