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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 537
SALUBRIDAD GENERAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 537
La salubridad general de la República es materia que, por haber sido encomendada al Congreso de la Unión, por la fracción XVI del artículo 73 de la Constitución de 1917, queda fuera del alcance de los Poderes de los Estados, es decir, constituye una materia exclusivamente federal, y por lo tanto, el conocimiento de los delitos relacionados con la misma corresponde únicamente a los tribunales de la Federación así lo establece el artículo 431 del Código Sanitario vigente.
Precedentes
Amparo penal directo 3534/29. Cabello Rafael. 27 de enero de 1931. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.