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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314272
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 875
PROPIEDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 875
La jurisprudencia de la Suprema Corte, que establece que en el juicio de garantías no se deciden cuestiones de propiedad, sólo se refiere, jurídicamente, a los casos en que se ocurra a dicha vía, en lugar de hacerlo a un juicio reivindicatorio de dominio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3784/29. Menchaca de Maldonado Rosaura. 10 de febrero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.