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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1242
INCOMPETENCIA, AUTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1242
Si bien el auto de incompetencia no es revisable, también lo es que cuando la declaración de incompetencia se basa en la falta de existencia de pruebas, prácticamente envuelve una resolución, y si contra ellas se interpone el recurso de revisión y fue aceptado la Suprema Corte debe resolver lo que sea pertinente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2237/30. Monje Sánchez José. 3 de marzo de 1931. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.