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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1563
TERMINOS JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1563
Los tribunales han establecido que sólo es necesario que se hagan las notificaciones a todas las partes para que comiencen a correr los términos judiciales comunes, mas no los especiales para cada parte, como es el término para apelar.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3383/29. Ibarrola Herculano Jr. 13 de marzo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.