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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1562
FIADOR JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 1562
La tesis de que el fiador judicial no es parte en el incidente de libertad caucional, porque tampoco lo es en el proceso, causa agravio al interesado, porque entraña el absurdo de que el que es condenado a pagar una fianza, no puede ni quejarse de la sentencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3383/29. Ibarrola Herculano Jr. 13 de marzo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.