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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2303
IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2303
Cuando el acto reclamado consiste en el aumento o variación de impuestos, la suspensión debe concederse, depositando, periódicamente, en el Banco de México, la diferencia que exista entre el nuevo y el antiguo impuesto, y haciendo los pagos correspondientes, en los términos establecidos antes de la modificación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2133/30. Compañía Eléctrica Parralense, S.A. 21 de abril de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.