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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 119
PENAS CONMUTABLES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 119
El hecho de que la pena que merezca el delincuente, pueda ser conmutada por multa, no significa que no deba decretarse la orden de aprehensión y el auto de formal prisión en su contra; pues la conmutación de las penas siempre es posterior a la sentencia que condena.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4545/28. González Torres Manuel y coag. 5 de septiembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.