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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 363
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 363
El auto de formal prisión no es causa superveniente para revocar la suspensión otorgada contra la orden de aprehensión, ni dicho auto puede tomarse en cuenta en el incidente, sino en la sentencia de amparo en cuanto al fondo, para resolver acerca del sobreseimiento, por cambio de situación jurídica.
Precedentes
Queja en amparo penal 73/28. Juez Numerario de Distrito de Chihuahua. 18 de junio de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.