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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1089
ATENUANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1089
Si las sentencias penales no toman en consideración las atenuantes invocadas y probadas por el procesado, debe concederse el amparo, para el efecto de que se dicte nueva sentencia, que subsane esa deficiencia.
Precedentes
Amparo penal directo 4069/28. Ozuna Espiridión. 23 de octubre de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.