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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1127
INDULTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1127
Como el indulto extingue la pena, el amparo que se pida contra la sentencia que se impuso, es improcedente, por haber cesado los efectos del acto reclamado.
Precedentes
Amparo penal directo 2258/29. Rodríguez Celaya Wenceslao. 24 de octubre de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.