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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1672
FIADOR EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1672
Si la asamblea general de accionistas de una compañía, concede a los directores, la facultad de otorgar fianzas, esto no quiere decir que se haya cambiado o ampliado el objeto de la compañía, y que el mismo, sea el de otorgar fianzas; y por tanto, no queda comprendida en la Ley General de Instituciones de Crédito e Instituciones Bancarias, siendo inconducente aplicar esa ley, cuando la compañía se presente como fiadora.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 251/30. Empresa de Teléfonos "Ericson", S. A. 17 de noviembre de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.