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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1983
TESTIGOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXX; Pág. 1983
No existe motivo legal para considerar como inhábil a un testigo, el hecho de que se trate de un agente de policía dependiente de la autoridad que acusa, porque el hecho de ser subordinado del acusador, no es motivo para dudar de la honorabilidad y rectitud de un individuo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 806/29. Torre Emilio. 2 de diciembre de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.