Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314569
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314569
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 336
FIANZA CARCELERA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 336
Como la ley procesal en Guanajuato, faculta a los Jueces para conceder a los fiadores judiciales, un plazo hasta de tres meses para presentar a los reos, la circunstancia de que no concedan la totalidad del plazo, ni quebranta los mandamientos de la ley respectiva, ni mucho menos vulnera las garantías individuales del fiador.
Precedentes
Amparo penal en revisión 552/28. Cardiel Abundio P. 20 de mayo de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.