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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314573
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 394
AUDIENCIA EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 394
De las disposiciones de los artículos 107, fracción IX, de la Constitución y 76 de la Ley de Amparo, se infiere que las partes en el juicio de garantías, tienen el derecho de asistir a la audiencia constitucional, rendir pruebas y alegar en ella.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1193/28. Elizondo Paní José. 20 de mayo de 1930. Mayoría de tres votos. Disidente: Carlos Salcedo. Excusa: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.