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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 639
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN LOS PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 639
Si se practican de oficio, y no a pedimento del Ministerio Público, único a quien corresponde el ejercicio de la acción penal, carecen de validez, sobre todo, si tales diligencias no tienen por exclusivo objeto, esclarecer algún hecho, indispensable para que el Juez pueda tener perfecto conocimiento de la cuestión que va a fallar, sino que tienden a obtener mayores datos, continuando la investigación, estando ya cerrado el período de instrucción.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4317/29. Median Osalda Claudio. 6 de junio de 1930. Mayoría de tres votos. Disidentes: Francisco Díaz Lombardo y Francisco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.