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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314605
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 705
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 705
La Corte ha establecido que lo que es materia de suspensión, es la ejecución o cumplimiento de la resolución, acuerdo u orden de que se trate, y no el acto o momento mismo de dictarlos o firmarlos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1403/30. Ferrocarriles Nacionales de México, S. A. 10 de junio de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.