Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314643
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1229
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1229
Si el Juez de Distrito, en el incidente de suspensión no resuelve respecto del acto que ha sido reclamado, sino respecto de otro, la Suprema Corte, al revisar el auto, decidirá si debe o no, concederse la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 3602/29. Hernández Nicasia. 26 de julio de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.