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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314657
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1502
FRAUDE CONTRA LA PROPIEDAD EN OAXACA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1502
La Legislación Penal de Oaxaca, manda que se castigue con la pena de robo sin violencia, al que compre una cosa mueble, ofreciendo pagar su precio al contado, y rehusa hacerlo, después de recibida, se niega a devolverla, por lo uno u otro se le exigiere dentro del tercer día. Del examen de ese precepto, se desprende que se necesita la existencia de las tres condiciones enumeradas, para que haya delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1308/29. Sequerra Judah y coagraviado. 6 de agosto de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.