Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314671
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1597
SUSPENSION CONTRA UNA LEY.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1597
Es improcedente conceder la suspensión contra la expedición de las leyes, porque la materia de la suspensión es la ejecución o aplicación de las mismas leyes, y no éstas en sí, y su inconstitucionalidad, que es lo que puede perjudicar a los quejosos, es materia del fondo del amparo y no del incidente de suspensión.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 309/30. Pasquel Pedro M. 9 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.