Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314715
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 145
EMBRIAGUEZ, EXCULPANTE DE
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 145
Para que la embriaguez pueda considerarse exculpante de responsabilidad penal, se requiere, según la fracción III del artículo 34 del Código Penal del Distrito Federal, que sea completa y prive a quien la sufra, enteramente de la razón.
Precedentes
Amparo penal directo 484/27. López Santiago. 10 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.