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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 234
SENTENCIAS DEFINITIVAS
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 234
No lo son, para los efectos del amparo, las que pudieron ser reclamadas por medio de los recursos ordinarios.
Precedentes
Amparo penal directo 4161/26. Salazar Hipólito. 15 de enero de 1930. Mayoría de tres votos, por lo que respecta a la negativa del amparo y unanimidad de cuatro votos, en cuanto al sobreseimiento. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.