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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 696
SUSPENSION
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 696
Si por un mismo acto piden amparo y la suspensión diferentes individuos, y en uno de los juicios se concede previa fianza, esto no es motivo para negar la suspensión al quejoso en juicio diferente, puesto que se le dejaría a expensas de un tercero, quien podría dar lugar a que se ejecutara el acto, sólo con no otorgar la fianza respectiva.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3311/29. Navarro Macario. 8 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.