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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1153
COMPLICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1153
La legislación penal de Chihuahua, idéntica a la del Distrito Federal, no establece que el castigo correspondiente a los cómplices, deba fijarse en relación con el que de modo concreto corresponde a los autores del delito, y al contrario, estatuye que esos cómplices serán castigados con la mitad de la pena que se les aplicaría si fueran los autores de la infracción; de donde se concluye que para los efectos de la penalidad, el cómplice es considerado aisladamente.
Precedentes
Amparo penal directo 3896/27. Hernández Josefina. 26 de febrero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.