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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314829
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1300
MILITARES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1300
Los militares destituidos de su empleo pierden los derechos adquiridos por virtud del tiempo de servicios prestados y los que corresponden a los honores inherentes a su cargo. la inhabilitación y la destitución tienen características diversas, y el régimen jurídico de la destitución no es exactamente igual al sistema de principios que se aplican con respecto a la inhabilitación. el militar destituido, no queda inhabilitado para volver al ejército, y no así el que es condenado a la inhabilitación; ésta principia a correr cuando el militar procesado ha extinguido la pena corporal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4273/27. Robles Refugio L. 7 de marzo de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.