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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1750
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1750
Si la Corte, ignorando las causas de improcedencia, concede la protección federal, falta materia por lo que concierne a la ejecución de su fallo, puesto que el amparo carecía de esa materia al ser resuelto.
Precedentes
Queja en amparo penal 226/29. Ruiz Isidro. 31 de marzo de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.