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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314854
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1785
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1785
La garantía que consagra la fracción IV, del artículo 20 constitucional, puede cumplimentarse con posterioridad al auto de formal prisión, pues la ley no previene que deba cumplirse con anterioridad al auto mencionado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3992/27. Ochoa Amarillas Agustín. 2 de abril de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.