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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314866
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1884
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1884
Si no se fallan dentro del término constitucional, el amparo que por esto se conceda, no puede tener por efecto que se ponga en libertad al reo, sino sólo obligar a la autoridad a que se falle desde luego el proceso, absolviendo o condenando.
Precedentes
Amparo penal directo 3819/27. Soto Cayetano. 8 de abril de 1930. Mayoría de tres votos, respecto del primer punto resolutivo y por unanimidad de cuatro votos, por lo que atañe al segundo. Excusa: Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.