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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1904
SUSPENSION
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 1904
En términos generales, la sociedad se halla interesada en que se cumplan las órdenes de los funcionarios y autoridades sanitarias, puesto que el objeto que persiguen, es proveer a las necesidades y ornato de la colectividad; por tanto, contra dichas órdenes es improcedente conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1350/29. Garrido Segundo. 9 de abril de 1930. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicacion no menciona el nombre del ponente.