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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 115
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 115
La suspensión debe concederse para el solo efecto de que, entre tanto se dicte resolución definitiva en el fondo del amparo, permanezcan las cosas en el estado en que se encuentren, al dictarse la sentencia recurrida.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 662/29. "Viya Hermanos, sucesores". 4 de septiembre de 1929. Unanimidad de cinco días. La publicación no menciona el nombre del ponente.