Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314978
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 997
DECLARACION DEL ACUSADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 997
La garantía relativa a que nadie puede ser compelido a declarar en su contra, no se viola porque se inicie una averiguación penal, pues nada impide al indiciado que guarde silencio respecto a los hechos materia de la averiguación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2585/28. Arrieta Eligio. 11 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.