Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/314983
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 314983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1049
FIANZA, CANCELACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1049
El hecho de que la autoridad responsable en el amparo directo, se rehuse a la cancelación de una fianza, por haberse otorgado la contrafianza, no es bastante para fundar una queja, por no estar comprendido el caso dentro de las prevenciones del artículo 52 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. Félix Lucio. 15 de octubre de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.