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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315016
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1271
ROBO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1271
El Código Federal de Procedimientos Penales, faculta al Juez para emplear los medios de investigación que estime conducentes, según su criterio, para la comprobación del cuerpo del delito, aunque no sean de los que designa y detalla la ley, siempre que esos medios no estén reprobados por ésta; dicho ordenamiento no establece una manera estricta de comprobar el cuerpo del delito, lo que puede hacerse por medio de la prueba de testigos.
Precedentes
Amparo penal directo 1788/27. Juárez Leoncio. 25 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.