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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315048
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1596
FIADOR JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 1596
Si por causas ajenas a su voluntad y a la de su fiado, no puede presentar a éste ante el Juez de la causa, es indebido aplicarle las sanciones que prevenga la Ley de Enjuiciamiento Penal respectiva.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1442/27. Romo Guillermo. 7 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.