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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2210
CALUMNIA JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2210
Para que sea procedente la orden de aprehensión por la existencia de la calumnia judicial, es necesario que previamente se haya instruido proceso, en el que se declare que no se comprobó el cuerpo del delito denunciado por aquel a quien se atribuye la calumnia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 156/29. Ortiz Hernández José. 27 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.