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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315123
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2214
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2214
En el Estado de Tamaulipas, el tribunal de alzada tiene iguales facultades que el Juez de primera instancia; y aun cuando sólo el reo apele, puede ser condenado a sufrir una pena mayor o menor que la impuesta en la sentencia recurrida, si ésta no estuvo arreglada a derecho.
Precedentes
Amparo penal directo 82/29. García Marmolejo Carlos. 27 de noviembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.