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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2406
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 2406
Si por virtud de una sentencia de amparo, queda sin valor jurídico lo actuado en un proceso, a partir del auto de formal prisión, y a pedimento del Ministerio Público se mandan practicar diligencias, contra el auto que tal ordene, no cabe el recurso de apelación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 163/29. Bríngas Adolfo. 3 de diciembre de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.