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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 142
SUSPENSION SIN FIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 142
Si con el acto reclamado no se causan perjuicios estimables en dinero, sino sólo afectivos o de carácter moral, la suspensión debe concederse sin fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2194/28. Alonso Claudón Emilio. 4 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.