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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 486
EJECUCION DE SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 486
Las medidas de apremio, para hacer obedecer una sentencia ejecutoriada, no importan violación de garantías, pues no puede haberla cuando se da cumplimiento a una resolución que causa estado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2151/28. García Jacinto. 16 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.