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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 511
DESOBEDIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 511
Según las leyes militares, los individuos del Ejército pueden desobedecer las órdenes superiores, sólo cuando notoriamente constituyen un delito, pues de lo contrario, las mismas leyes les prohiben discutir esas órdenes y desobedecerlas.
Precedentes
Amparo penal directo 2403/28. Quedadas Muñoz Adolfo y coagraviados. 16 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.