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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 657
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 657
Los Jueces Federales no pueden sustituir su criterio al de los Jueces Comunes en la apreciación de las pruebas, sino en el caso de que no se apliquen las reglas fundamentales de la prueba o se hayan deformado los hechos.
Precedentes
Amparo penal directo 2858/27. Villarreal Marcelo. 21 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Época:
Tomo XXIX, Pág. 1319 Morales Máximo.
Nota: Esta tesis también aparece en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, página 374, como tesis relacionada con la jurisprudencia 225.