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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 315282
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 824
TRASLACION DE REOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 824
Cuando el amparo se pida contra la orden de las autoridades, que mandan remitir al detenido al Juez que lo exhorta, procede la suspensión, en los términos del artículo 61 de la Ley de Amparo, sobre todo, para mantener viva la materia del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 1308/29. Sequerra Judá y coagraviados. 25 de mayo de 1929. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.